INSTRUCCIONES
Lea atentamente las instrucciones previo a completar la presente Declaración Jurada. No serán aceptadas las declaraciones con faltantes de datos que deba contener o que carezcan de la documentación de apoyo pertinente.
1. DOCUMENTACIÓN A SER REMITIDA MENSUALMENTE
- La Declaración Jurada de Aportes y Contribuciones debe remitirse indefectiblemente todos los meses en la Sede Social, o a la siguiente dirección electrónica, Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla. acompañada de la siguiente documentación:
- Formulario AFIP 931 o el que lo remplace en el futuro
- Listado de Empleados ( emitido por el sistema SIJP )
- Comprobante de Pago de Aportes y Contribuciones
- Comprobante de Pago de Intereses ( por pago fuera de término )
2.- LISTADO DE EMPLEADOS
Debe ser obtenido mediante el programa SIJP suministrado por la AFIP, o el que lo sustituya en el futuro, debiendo remitir las hojas correspondientes a la Obra Social. Este contiene el detalle de la totalidad del personal por el que se realizó aportes y en el período que se liquida, clasificados por Obra Social, y con los subtotales correspondientes a cada una de ellas, los que deben coincidir con los consignados en la presente declaración jurada.
3.- DECLARACIÓN JURADA DE APORTES Y CONTRIBUCIONES
- PERIODO: MES Y AÑO QUE SE LIQUIDA
- RUBRO 1: DATOS DE LA EMPRESA
- -RUBRO 2: TOTAL DE PERSONAL
- TOTALD DE PERSONAL APORTANTE A OSTACC
- TOTAL DE REMUNERACIONES IMPONIBLES – OSTACC
- Es la suma de los importes de dicho concepto, para el personal aportante a OSTACC
- -RUBRO 3: TOTAL DE APORTES A OSTACC
- TOTAL DE CONTRIBUCIONES A OSTACC
- En ambos casos corresponde al de total de aportes y contribuciones del personal
- aportante a la OSTACC únicamente
- TOTAL DEPOSITADO – Es la suma de los conceptos anteriores
- FECHA DE DEPOSITO, BANCO Y SUCURSAL NRO. DE TRANFERENCIA.
- Deben corresponderse con los datos del comprobante de pago, del que remitirá copia.
4: MOVIMIENTO DE PERSONAL DEL PERIODO
Se utilizará sólo en el caso de que se hayan producido Altas o Bajas de personal aportante o no a Ostacc en el mes que se declara. Aclarando la obra social con la que ingresa. O si ingresa directamente a Ostacc. En el caso de Altas, el personal ingresado debe estar incluido en el Listado de Empleados de la AFIP.
MUY IMPORTANTE: Las bajas deben ser comunicadas indefectiblemente en el mes que se produzcan, aclarando el motivo ( renuncia, despido, abandono de trabajo, fallecimiento, etc. ), ya que del mismo corresponderá o no la extensión de la cobertura. Los perjuicios ocasionados por altas o bajas no comunicadas serán responsabilidad del empleador.
4.- LA DDJJ Y LAS COPIAS DE LA DOCUMENTACIÓN QUE SE REMITAN DEBEN SER FIRMADAS POR PERSONA RESPONSABLE O AUTORIZADA.
5.- LA DDJJ DEBE CONFECCIONARSE POR DUPLICADO
MUY IMPORTANTE: SE LE RECUERDA QUE EL CODIGO CORRESPONDIENTE A ESTA OBRA SOCIAL Y QUE DEBE CONSIGNARSE EN EL SISTEMA SIJP PARA CADA APORTANTE ES 128904